lunes, 21 de mayo de 2012

Ayudas por matrimonio


Se otorga (una sola vez) al personal militar y civil que haya contraído nupcias dentro de un plazo no excedente a diez (10) meses. Se cancela un monto de 3.000 Bs.

Requisitos:

  1. Original del acta de matrimonio. Este documento es de carácter obligatorio para registrar al cónyuge en el sistema de base de datos. Posteriormente, verificada su autenticidad, se remitirá al departamento de Historiales.
  2. Copia del acta de matrimonio.
  3. Copia de cédula de identidad y tarjeta de identificación (militar)
  4. Copia de cheque cuenta nómina (libreta de ahorro en caso de tratarse de personal civil)
  5. Anexe copia de la planilla de ayuda socio-económica.
Recuerde:
Todos los requisitos deben encontrarse legibles, para que sean procesados de forma rápida y efectiva.

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