viernes, 19 de octubre de 2012

Pensión de invalidez (personal militar profesional)


PENSIÓN DE INVALIDEZ



Es un derecho otorgado al personal militar de la F.A.B., que se incapacite (involuntariamente) mental o físicamente.

REQUISITOS


  1. Copia de cédula de identidad y carnet militar
  2. Opinión de Comando (original)
  3. Informe médico (original) que indique el grado o tipo de invalidez, expedido por Hospital Militar (exclusivamente)
  4. Foto tamaño carnet en uniforme verde oliva.


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